El peor año para los "Papito Corazón": La rigurosidad de la Ley reflejada en 9 casos icónicos de 2024
Desde que la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, conocida popularmente como "Ley Papito Corazón", entró en vigencia, el sistema judicial chileno ha enfrentado un aumento significativo de casos relacionados con el incumplimiento en el pago de pensiones alimenticias.
Con medidas que incluyen el arresto nocturno, el arraigo nacional, la retención de fondos y la suspensión de licencias de conducir, los tribunales han buscado garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a recibir la manutención necesaria.
Según datos oficiales, hasta mayo de 2024 se habían dictado órdenes de pago por más de 830 mil millones de pesos, de los cuales más de 310 mil millones ya habían sido efectivamente pagados.
Sin embargo, el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos sigue acumulando más de 238 mil inscritos, reflejando que el problema persiste.
Durante el último año, los fallos judiciales no solo han evidenciado la persistencia de este problema histórico, sino también el compromiso del sistema judicial por garantizar que los derechos de niños, niñas y adolescentes sean respetados.
Casos de arrestos nocturnos, intentos de utilizar fondos previsionales para saldar deudas e incluso la imposición de sanciones desproporcionadas a familiares han sido parte del debate público y jurídico.
Arresto nocturno para garantizar el pago
Un padre con una deuda superior a los 17 millones de pesos intentó detener las sanciones impuestas en su contra, que incluían arresto nocturno y arraigo nacional.
Alegó que las medidas afectaban su libertad y su relación con su hija. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó su solicitud, afirmando que las sanciones eran proporcionales y necesarias para garantizar el cumplimiento de la deuda.
En su fallo, el tribunal expresó: "Las medidas adoptadas son coherentes con la legislación vigente y buscan asegurar el derecho fundamental de la menor afectada".
Fondos AFP: Una solución rechazada
A pesar de contar con el acuerdo de la madre de la menor, el tribunal rechazó la solicitud, señalando que este mecanismo solo puede utilizarse en situaciones excepcionales y que no se habían agotado otras vías para cumplir con la obligación.
La Corte de Santiago fue clara al señalar: "El uso de fondos previsionales para pagar deudas alimenticias debe ser evaluado con rigurosidad y no puede utilizarse como una vía fácil para eludir otras responsabilidades".
Suspensión de licencia por deuda acumulada
Un padre en Puerto Montt, con una deuda acumulada de más de tres millones de pesos, enfrentó medidas como el arresto nocturno y la suspensión de su licencia de conducir.
A pesar de sus argumentos sobre dificultades económicas y su rol como cuidador de otro hijo con necesidades especiales, la Corte de Apelaciones determinó que las sanciones eran legales y proporcionales.
El tribunal explicó: "El incumplimiento reiterado de las obligaciones alimenticias justifica plenamente la aplicación de medidas coercitivas".
Diez meses de deuda y sanciones firmes
En Coyhaique, un hombre que acumuló una deuda de $1.212.285, correspondiente a diez meses de pensión alimenticia, intentó revertir las sanciones de arresto nocturno, suspensión de licencia y arraigo nacional.
Sin embargo, la Corte Suprema ratificó las medidas, señalando que el demandado no había presentado pruebas suficientes para justificar su incumplimiento.
El fallo destacó: "El derecho de los menores a recibir una pensión adecuada no puede depender de excusas infundadas o dilaciones injustificadas".
Registro de deudores: deuda pendiente
En Talca, un padre intentó evitar su inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos, argumentando que ya había pagado una compensación económica de 82 millones de pesos durante la liquidación de bienes con su exesposa.
Sin embargo, el tribunal determinó que aún existía una deuda pendiente de dos millones de pesos.
La Corte de Apelaciones fue clara: "El registro no es una medida arbitraria, sino una herramienta legítima para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimenticias".
Arresto nocturno a una abuela: una sanción anulada
En Punta Arenas, una abuela fue sancionada con arresto nocturno por una deuda de pensión de alimentos de $500.000 a favor de sus nietos.
La mujer argumentó que sus únicos ingresos provenían de una pensión mínima y que su responsabilidad como cuidadora de un hijo con síndrome de Down le impedía cumplir con el pago.
La Corte de Apelaciones anuló la sanción, señalando que las medidas coercitivas como el arresto nocturno no pueden aplicarse a los abuelos, ya que su obligación de pago es subsidiaria y no principal.
Aumento de pensión para cubrir estudios
En La Serena, un joven logró que su pensión alimenticia aumentara de $350.000 a $600.000 para cubrir sus estudios en un instituto técnico.
La Corte consideró que los gastos educativos justificaban el ajuste y que el padre tenía los recursos para asumir la nueva suma.
El tribunal señaló: "Los alimentos deben habilitar al alimentado para subsistir adecuadamente, resguardando el interés superior del niño, niña y adolescente".
El límite del 50%: una excepción válida
Sin embargo, la Corte Suprema mantuvo el pago, destacando que en casos excepcionales, la pensión puede superar el 50% del ingreso si así lo justifican las necesidades de los menores.
Más ingresos, mayor pensión
Además, el tribunal ordenó que el padre cubriera el 50% de los gastos extraordinarios.