Clínica Las Condes pagará $4 millones por negar entrega a un padre de la ficha médica de su hija tras batalla judicial
Todo comenzó cuando un padre solicitó a Clínica Las Condes (CLC) la ficha médica de su hija en formato digital, para poder recibirla por correo electrónico.
Sin embargo, la clínica se negó a entregarla de esta forma y exigió que la ficha fuera retirada en persona y en papel.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el padre, al sentirse vulnerado en su derecho de acceso a esta información, presentó una denuncia ante la Superintendencia de Salud.
La Superintendencia investigó el caso y determinó que la clínica no cumplió con una orden previa que le exigía entregar la ficha en formato físico y digital.
Ante esta situación, aplicó una multa de 100 UF ($3.840.432), argumentando que la clínica había desobedecido una instrucción clara.
Los argumentos de la clínica
Clínica Las Condes defendió su postura señalando que la ley no especifica en qué formato deben entregarse las fichas médicas, lo que, según ellos, genera un vacío legal.
Además, argumentaron que exigir la entrega en persona y en papel era una medida de seguridad para evitar que personas no autorizadas accedieran a información privada.
También señalaron que en fiscalizaciones anteriores no habían sido sancionados por esta práctica, por lo que consideraban injusto el castigo actual.
Lo que decidió la Corte
La Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los jueces Juan Cristóbal Mera, María Loreto Gutiérrez y la abogada Catalina Infante, revisó el caso y rechazó los argumentos de la clínica.
El tribunal explicó que la orden inicial para entregar la ficha en formato físico y digital era válida, ya que no fue impugnada por la clínica en el momento adecuado.
Además, señalaron que la multa no fue por la interpretación de la ley, sino por no cumplir con una instrucción clara emitida por la Superintendencia.
En su fallo, la Corte señaló que “no puede ni debe esta Corte entrar a analizar si lo decidido por la Superintendencia a través de la Resolución Exenta señalada se ajusta o no a derecho, pues tal acto administrativo no fue impugnado por CLC en la forma prescrita en el artículo 113 del DFL 1 de 2005 del Ministerio de Salud".
Finalmente, la Corte confirmó que la multa de 100 UF aplicada a Clínica Las Condes está dentro del marco legal y es válida.
También aclararon que el recurso de reposición era el camino adecuado para cuestionar la orden inicial, algo que la clínica no hizo.